Se ha dado un nuevo paso en el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad mediante la modificación de la Ley Orgánica 5/1995, del Tribunal del jurado, para garantizar la participación de las personas con discapacidad sin exclusiones.
España garantiza el derecho de igualdad de trato y no discriminación para todas las ciudadanas y ciudadanos con discapacidad. Y la Constitución Española reconoce el derecho a su participación directa en los asuntos públicos y el en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado. Sin embargo, la Ley Orgánica 5/1995, limita y restringe este derecho de participación. Esta situación vulnera derechos fundamentales reconocidos en la Constitución e incumple la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Ante esta situación, y para asegurar que estas personas tengan acceso a la Justicia en igualdad de condiciones que las demás, se ha procedido a la modificación de la mencionada ley, lo que implica la supresión de aquellas barreras que interactúan con deficiencias de las personas impidiendo su participación plena.
Poco a poco, se van consiguiendo pequeños cambios y logros con el fin de garantizar a las personas con discapacidad su efectiva y plena participación en la vida civil.
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